Jueves 18 de abril de 2024

— 01.04.2020 —

Desde hoy, supermercados y negocios abrirán de 8 a 18 horas

Así lo dispone un decreto municipal que estará en vigencia hasta el fin de la cuarentena. Solo están exceptuadas las farmacias y las estaciones de servicio, al igual que los comercios de proximidad del rubro alimenticio.


Por: santotoméaldía /

Por Santotomealdia

Mediante el decreto N° 62/2020, el Gobierno Municipal dispuso que los supermercados y demás comercios de rubros habilitados para funcionar en el marco de la emergencia sanitaria, podrán estar abiertos de 8 a 18 horas.

La medida ya está en vigencia y se mantendrá mientras dure aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto en nuestro país. El objetivo es "contribuir a evitar la circulación de personas en la ciudad y preservar a los empleados de los comercios exceptuados, evitando el horario partido", señalaron desde el Municipio, al formalizar el anuncio en las redes sociales.

Es importante aclarar que están exceptuados del decreto  las farmacias, las estaciones expendedoras de combustibles -que funcionarán de acuerdo a las disposiciones vigentes del rubro- y los comercios de proximidad del rubro alimenticio.

Además, quienes presten servicio de delivery, podrán realizar sus envíos hasta las 23 horas.

En los fundamentos del decreto, las autoridades municipales señalaron que "se han mantenido conversaciones con los representantes de los rubros comerciales involucrados y que se encuentran excepcionados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio". Además, agregaron que "se torna imperioso a los efectos de coadyuvar a la prosecución del fin que se tiene con la medida de aislamiento, a saber, evitar la circulación y propagación del COVID-19 en la población, así como también con el objetivo de limitar la circulación de trabajadoras y trabajadores y facilitar el control por parte de las autoridades".

En cuanto a otro tipo de comercios, como ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas, lavanderías y comercios del rubro alimenticio con atención al público no comprendidos en los artículos anteriores, el decreto establece que deberán funcionar en el rango horario establecido, siendo obligatorio su cierre a las 18 horas.

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