Viernes 29 de marzo de 2024

— 26.04.2019 —

Recuerdan la regulación sobre poda y extracción de árboles

El Municipio ratificó que está prohibida la intervención particular sobre el arbolado público.


Por: santotoméaldía / Fuente: Dirección de Comunicación Pública - Municipalidad de Santo Tomé

La Oficina Municipal de Arbolado Público y Áreas Naturales recuerda que se encuentran vigentes las ordenanzas Nº 1125/84 y Nº 2309/02 del Código  Municipal  de  Preservación  Forestal, como así también la Ley Provincial Nº 9004, que prohíbe la intervención particular sobre el arbolado público ya sea para la poda, extracción, corte de raíces o plantación de ejemplares en la vía pública.

La mencionada legislación establece que es obligatoria la previa inspección y autorización municipal para la realización de estas tareas. Asimismo se recuerda que el volumen de restos vegetales a depositar en la vía pública nunca debe exceder de un metro cúbico.

Cabe aclarar que los infractores serán pasibles de las multas previstas en el Código Municipal de Faltas.

 

Solicitud de intervención en el arbolado

Los interesados en solicitar la poda, extracción, reposición o plantación de árboles en la vía pública deben descargar el formulario correspondiente por duplicado en la página web de la Municipalidad de Santo Tomé www.santotome.gov.ar (sección Trámites) y presentarlo en mesa de entrada del Palacio Municipal (Iriondo 1649).  También pueden solicitarlo personalmente en la Oficina de Arbolado Público y Áreas Naturales ubicada en calle Macia 1933.

Beneficios del arbolado público

Se considera arbolado público al existente en veredas, plazas, parques, instituciones, paseos o cualquier otro espacio destinado al uso público. Dentro de las zonas urbanas, la presencia de árboles mejora la calidad ambiental, traduciéndose en ventajas como la producción de oxígeno y la absorción de dióxido de carbono, la reducción del volumen de agua ocasionada por precipitaciones, la disminución de la contaminación visual y sonora, el sostenimiento de la biodiversidad y la contribución a una buena calidad del aire. 

Existen ejemplares como los lapachos de Avenida Luján que a fines de cada invierno tiñen de rosado la ciudad con su vistosa floración, embelleciendo el paisaje.

Sin embargo, una incorrecta elección de la especie puede traer inconvenientes a mediano o largo plazo, tales como daños en las veredas o construcciones, interferencias con el tendido de los servicios públicos (aéreos o subterráneos), los cuales deben corregirse posteriormente con podas o la remoción misma del ejemplar.

En este sentido, no es recomendable para el arbolado de alineación especies como sauces, palos borrachos, kiri, ficus, palmeras, coníferas, álamos y eucaliptus, entre otras, ya sea por los daños que producen sus raíces, el tamaño que alcanzan en su etapa adulta, o bien su escaso aporte como arbolado público, como por ejemplo en el caso de las palmeras.

Acerca de la poda y extracción

Las podas a realizar generalmente comprenden el levantamiento de copa o refaldado (eliminación de las ramas bajas), de conducción en ejemplares jóvenes, o bien de ramas secas o peligrosas que se dirigen a una propiedad.

La extracción de un árbol y su eventual reemplazo son objeto de evaluación cuando un árbol se encuentra en una ochava, obstruye la realización de alguna obra pública, su estado sanitario es deficiente, se halla inclinado, o supone algún tipo de riesgo para los bienes y personas.

En general, y salvo excepciones, las podas se realizan en época invernal, cuando la mayoría de los árboles se encuentra sin hojas. Cada caso es evaluado por el personal de municipal en virtud de la legislación vigente y criterios técnicos.

Por último, es importante recordar que la Municipalidad realiza planes de forestación anualmente, los cuales incluyen la entrega de ejemplares a los vecinos que así lo soliciten. 

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