Miércoles 25 de diciembre de 2024

— 31.03.2023 —

Rey Leyes: “Solicitamos la reglamentación de la Ordenanza de transición de mando del gobierno municipal”

El concejal Guillermo Rey Leyes, quien fuera el autor de la Ordenanza por la cual se regula y se fijan pautas relativos al proceso de transición entre la administración saliente y entrante, solicitó mediante un Proyecto, la reglamentación de la misma.


Conforme a nuestro sistema democrático y representativo, todo ciudadano tiene derecho a estar informado e interiorizado de todos los temas relacionados al quehacer del Estado. Para ello se le debe garantizar el derecho a acceder, requerir y recibir información de manera integral en los procesos de transición de autoridades. Algo que en nuestra ciudad se encuentra regulado, pero que sin embargo no está reglamentado para que la misma se pueda aplicar.

Es así como mediante una iniciativa del concejal del Partido Demócrata Progresista (PDP), Dr. Guillermo Rey Leyes, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que dicte el acto administrativo reglamentario sobre la Ordenanza Promulgada Nº 3509/2022, conforme lo dispone el Artículo 41º, Inciso 5 de la Ley Provincial Nº 2.756 “Orgánica de Municipios”, al ser el acto fundamental y necesario para que las mismas sean operativas.

Según subrayó el concejal, “contamos con una herramienta única para brindar la información necesaria para que la ciudadanía -que en definitiva es la depositaria primera y última del poder que es ejercido mediante representación- pueda seguir el proceso de transición democrática, formando su propia opinión crítica de lo actuado”.

"Desde nuestro rol de legislador creamos por medio de la Ordenanza el marco jurídico necesario, porque entendemos que la transición conlleva una gran responsabilidad y por ello la importancia de legislar sobre un proceso institucional de transición democrática entre gobiernos. La preparación para las transiciones de gobierno, su importancia -en tanto expresa la alternancia republicana y democrática- y los desafíos que supone llevar adelante una transición ordenada y transparente, conlleva a su vez una gran responsabilidad que alcanza al gobierno municipal saliente, requiere medios operativos, políticos y simbólicos para garantizar la continuidad del Estado que los ciudadanos merecen”, remarcó el edil Rey Leyes.

El período de transición se inicia el día de proclamación del Intendente Municipal electo, conforme lo previsto en el artículo 103º de la Ley Provincial Nº 2.756, Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, y finaliza el día de asunción del nuevo Intendente Municipal. La Ordenanza dispone como autoridad de aplicación a la Secretaría de Gobierno, quien deberá velar por el fiel cumplimiento del proceso, cumpliendo una serie de obligaciones y mandatos, que deberá establecer dicha reglamentación.

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