Lunes 23 de diciembre de 2024

Provinciales — 26.01.2018 —

Cambios en la legislación que rige la facturación de las empresas

Las firmas, a partir de los cambios en los artículos 4° de la Ley 24.240 y el 24° de la Ley 25.065, comenzarán a mandar los resúmenes de forma electrónica. Quienes deseen continuar recibiendo los resúmenes en papel deberán solicitarlo a la empresa proveedora del servicio.


Fuente: Defensoría del Pueblo de Santa Fe

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informa que el Decreto de Necesidad y Urgencia 27/2018, publicado por el Ejecutivo nacional el 12 de enero pasado, modificó entre otros el artículo 4º de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el 24º de la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito, otorgando a las empresas la facultad de determinar el modo en que remitirán la facturación por los servicios que prestan a usuarios y consumidores.

“Esto significa que, en caso de que los ciudadanos no manifiesten lo contrario, las empresas de servicios comenzarán a enviar los resúmenes de cuenta en forma electrónica, a través del correo electrónico y de su sitio web”, explicó el Defensor del Pueblo, Raúl Lamberto.

“Es por ello que recomendamos a los ciudadanos estar atentos ante esta situación, ya que las empresas podrían comenzar a migrar a sistemas digitales en un corto plazo, siempre debiendo informar a sus clientes con antelación. En caso de que el consumidor esté de acuerdo, no hace falta realizar ningún trámite. No obstante, quienes por la razón que sea deseen continuar recibiendo su resumen en papel (por correo postal) deberán manifestar esa intención a la empresa proveedora del servicio, que deberá cumplir con esta demanda”, continuó.

El Defensor insta a quienes tengan dudas o consultas al respecto a presentarse en cualquiera de sedes de la institución, ya sea en Rosario (pasaje Álvarez 1516) o Santa Fe (Eva Perón 2726), o en cualquiera de las delegaciones del interior provincial. Más información en www.defensoriasantafe.gob.ar o en las redes sociales de la institución.

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