Área Metropolitana — 07.08.2017 —
Santa Fe: Facilidades de pago para regularizar deudas con el Municipio
El Gobierno local estableció planes de pago con reducción en las tasas de interés por mora e inflación para la cancelación de las deudas administrativas vencidas al 31 de marzo del corriente año.
Por: SantoToméAlDía / Fuente: Municipalidad de Santa Fe
Desde la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad se establecieron planes de pago con reducción en las tasas de interés por mora e inflación para la cancelación de deudas administrativas vencidas al 31 de marzo del corriente año.
Este beneficio, que los contribuyentes podrán gestionar hasta el 31 de agosto inclusive, alcanza los tributos Tasa General de Inmueble, Limpieza e Higiene de Terrenos Baldíos, Derecho de Registro e Inspección, Derechos de Cementerio, Derechos de Ocupación de Dominio Público, Derechos de Edificación, Derechos de Publicidad y Propaganda, Registro Municipal de Habilitaciones Especiales, Derechos de instalaciones Eléctricas.
Los impuestos municipales podrán abonarse a través de diversas modalidades. La primera opción es pago al contado, con tasa mensual de accesorios del 0,75% por cada mes de mora; o bien hasta seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés por financiación, con una tasa mensual de accesorios del 3% por cada mes de mora. Exceptuando el Derecho de Edificación, otra alternativa para abonar los tributos es con un anticipo del 20% y el resto en hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que contendrán un interés sobre saldos de 2% mensual, además de una tasa mensual por accesorios del 1,5% por cada mes de mora. Finalmente, se podrá abonar en hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que contendrán un interés sobre saldos de 2% mensual, además de una tasa mensual por accesorios del 2% por cada mes de mora.
En tanto, para el tributo Derecho de Edificación, una tercera opción, además del pago al contado o en seis cuotas, es abonar un anticipo del 20% y el resto en hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que contendrán un interés sobre saldos de 2% mensual, además de una tasa mensual por accesorios del 1% por cada mes de mora.
Cabe señalar que para los recursos Tasa General de Inmuebles y Derecho de Cementerio, la cuota mínima será de 300 pesos, en tanto que para el resto de los gravámenes ascenderá a 500 pesos.