Área Metropolitana — 26.06.2017 —
Aeropuerto: objetan el módico precio de una concesión publicitaria
La aeroestación otorgó un permiso para fijar publicidades en dos espacios muy visibles. Lo hizo por $ 2.800 mensuales, por dos años, con opción a un tercero.
Por: SantoToméAlDía / Fuente: El Litoral
El Tribunal de Cuentas de la provincia observó la decisión de las autoridades del Aeropuerto de Sauce Viejo de otorgar a un particular -por $ 2.800 al mes- un permiso de uso sobre dos espacios publicitarios, ubicados en el hall central y en el exterior, por dos años, con opción a un tercero.
Se trata de la observación legal Nº 7 de este año, que refiere a la disposición Nº 2, del 26 de abril, firmada por el director del Aeropuerto, David Giavedoni, quien otorgó dos espacios para la explotación publicitaria en favor de Benito Iturraspe. Uno en el extremo norte de la sala central de la aeroestación que cuenta con una superficie de 6 metros cuadrados (m2) y otro afuera, muy visible al ingresar, de 40 m2.
Dice el Tribunal que “dicho trámite fue iniciado por la propia Dirección del Aeropuerto de Sauce Viejo, quien requirió al entonces permisionario (que) expresara su voluntad de proceder a realizar una nueva contratación, que el permisionario (Iturraspe) así lo hizo sugiriendo el monto canon que fuera aceptado por la Dirección Provincial de Aeropuertos sin ningún análisis o justificación respecto de su valor”, entre otras consideraciones.
La observación recuerda que el Decreto 066/95 creó el “Régimen de Explotación de Aeropuertos, Aeródromos y Vuelos Sanitarios de Fomento Social de la provincia” que “regula entre otras cosas, lo inherente a la percepción de tasas por servicios aeronáuticos, prestación de servicios y explotación comercial y la percepción de cánones y tasas respectivas”, y sostiene que ante la desactualización de los montos fijados en 1995, el monto en cuestión quedó supeditado “al leal saber y entender del funcionario” , en lugar de solicitar una actualización.
Y más adelante agrega: “el acto bajo análisis es violatorio del bloque normativo que regula la contratación pública provincial (Ley 12.510)” y que “no se siguieron los procedimientos que aquella ordena (...) aún si se decidiera contratar de manera directa”.
El decisorio del Tribunal no se priva de señalar en los considerandos “dos errores materiales” de las autoridades del Aeropuerto. Advierte que hay “una diferencia” en la cantidad presupuestada, ya que en números se menciona que se pagarán “$ 2.800” pero en letras dice “dos mil ochocientos setenta”.
Además, que sobre el tamaño del letrero del exterior se mencionan “10 x 4 m2”, algo que “no es matemáticamente posible”, porque lo correcto sería 10 x 4 m o 40 m2.
En la parte resolutiva, el Tribunal recuerda que puede revisar “selectivamente” los actos de gobierno, “en función de la significación económica de los actos u otros criterios del Tribunal”, al citar el inciso b del artículo 2015, de la norma citada.