Miércoles 17 de abril de 2024

Provinciales — 13.09.2019 —

Media sanción en Diputados para la Ley “Alcoholemia y Narcolemia 0”

El proyecto prresentado por Palo Oliver, Cavallero y Simoncini fue aprobado en la sesión de este jueves. Ahora deberá ser tratado por la Cámara de Senadores.


Por: santotoméaldía /

La Cámara de Diputados de la Provincia aprobó este jueves el proyecto de Ley denominado “Alcoholemia y narcolemia 0”. De esta manera, la iniciativa tiene media sanción y será girada al Senado.

Elaborada por los diputados Fabián Palo Oliver, Héctor Cavallero y Silvia Simoncini, la norma modifica la ley de tránsito y el código de faltas creando el “Plan Provincial alcoholemia y narcolemia 0” en el territorio santafesino. 

En ese contexto, el plan prevé multa, inhabilitación y retención de vehículos para los casos de infracción a la norma. Además, establece que la autoridad de aplicación será la Agencia Provincial de Seguridad Vial. 

Tolerancia cero

La Ley establece que "será infractor el conductor que circulare con un nivel superior a 0 miligramos de alcohol por litro de sangre o bajo los efectos de drogas, medicamentos o productos que alteren el sistema nervioso central 

Respecto a las sanciones, se contempla la retención de la licencia de conducir, retención del vehículo en la medida en que no haya un acompañante en condiciones físicas y habilitado legalmente para conducir, una multa que oscilará entre 300 y 1.000 UF (cada UF equivale al valor de un litro de nafta especial) y la inhabilitación para conducir de entre 15 días y 2 años. 

Solo en los casos en que el nivel no sea superior a 0,2 miligramos de alcohol por litro de sangre, la ley determina que no se aplicará la multa, pero sí las demás sanciones en las circunstancias descriptas anteriormente.

Por otra parte, si se tratare de funcionarios públicos, conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, menores, de maquinaria especial o de carga, la multa será entre 500 y 1.200 UF y la  inhabilitación para conducir de 2 meses a 3 años. 

En los supuestos en que proceda la retención y depósito del  vehículo, los gastos correspondientes deberán ser afrontados por el infractor. Además, la ley contempla que infractor deberá realizar un curso de reflexión y revisión de conducta.

Finalmente, cabe destacar que se crea el “Fondo Provincial de Lucha Contra el Alcohol y estupefacientes u otras sustancias al Volante”, constituido por la recaudación en concepto de multas y destinado a la realización de dichos cursos y a financiar las tareas de control.

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