Jueves 28 de marzo de 2024

Nacionales — 06.09.2019 —

Santiago Maldonado: la Cámara de Apelaciones ordenó reabrir la causa

La Justicia de Comodoro Rivadavia ordenó investigar un posible abandono de persona por parte de los gendarmes que participaron del operativo que desalojó una manifestación.


Por: santotoméaldía /

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ordenó reabrir la investigación por la muerte de Santiago Maldonado para determinar si los gendarmes que participaron del operativo que desalojó una manifestación mapuche en el Pu Lof de Cushamen cometieron el delito de abandono de persona.

En un fallo de 15 páginas, la Cámara revocó la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral -que había archivado la causa-, descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona y le ordenó que avance con una nueva pesquisa para determinar en qué contexto y circunstancias murió el joven.

En otras palabras, la Justicia cree que los gendarmes que estuvieron en el operativo pudieron haber visto que Maldonado se introducía en el río Chubut y no hicieron absolutamente nada. No se descarta que hasta incluso otros mapuches hayan visualizado este escenario y no hayan efectuado acción alguna.

La Justicia cree que los gendarmes que estuvieron en el operativo pudieron haber visto que Maldonado se introducía en el río Chubut y no hicieron absolutamente nada.

En este sentido, la Justicia revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú. La resolución, que lleva la firma de Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman, cuestiona la decisión Lleral de nunca investigar otra hipótesis que no sea la de desaparición forzada.

Por eso, la resolución indica: "El magistrado interviniente entendió que el objeto procesal de esta causa quedó ceñido a la desaparición forzada de Santiago Maldonado, así fue que habiendo despejado tal circunstancia dispuso el sobreseimiento de Emmanuel Echazu, quien había comparecido voluntariamente a proceso y rechazó las pruebas ofrecidas por las partes procediendo de ese modo a una suerte de archivo de las actuaciones por inexistencia de delito.

Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un procedimiento realizado por la Gendarmería para desalojar la ruta 40. El accionar de Echazu quedó en la mira pero la Justicia, en su momento, no halló elementos para incriminarlo.

Al momento de archivar el expediente, el magistrado argumentó que no encontró responsabilidades penales en la actuación de la Gendarmería. La Cámara coincide con el magistrado en que la autopsia desestimó la intervención directa de terceras personas en la muerte de Maldonado y descartó signos compatibles con medidas de sujeción.

Sostuvieron los camaristas, además, que lo más probable es que el cuerpo de Maldonado "haya permanecido desde su desaparición en el medio acuático", aunque solicitan nuevas medidas que "despejen cualquier duda razonable y favorezca el derecho a la verdad".

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