Lunes 25 de noviembre de 2024

Provinciales — 06.01.2024 —

Schiappa Pietra y Edery fueron apartados de la causa que involucraba al exdiputado Scataglini

La resolución argumenta que “los fiscales han tenido prácticas no acorde a la legalidad y límites que no podían quebrantar”. También se dispuso que se proceda a designar un nuevo equipo de fiscales.


En el mes de noviembre, los Dres. Daniel Terani y Juan Francisco Lafontana, abogados del imputado en la denominada causa “Juego Clandestino”, Darío Scataglini, solicitaron el apartamiento de los fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra. Asimismo peticionaron que la Dra. Iribarren se inhiba de intervenir en el trámite.

Una resolución de este viernes del MPA, firmada por el fiscal Matías Merlo (Fiscalía Regional 3), decidió dar la derecha a la defensa de Scataglini y apartó a los cuestionados fiscales Matias Edery y Luis Schiappa Pietra del legajo.

También se dispuso que por intermedio de la Fiscalía Regional de Rosario se proceda a designar un nuevo equipo de fiscales para seguir con la investigación y finalizar la misma en un plazo máximo de 60 días corridos.

Como argumento de la resolución se plantea que “las investigaciones tienen límites y que los encargados de la persecución penal tenemos que respetar como hombres del estado de derecho y son las garantías constitucionales; y cuando se sospecha que un fiscal en su actuar quebrante la misma, pierde objetividad al no respetar los valores sujetos en la constitución y los derechos de los imputados”.

A su vez se expresa que “los fiscales han tenido prácticas no acorde a la legalidad y límites que no podían quebrantar, por esta razón, y a los fines de salvaguardar la investigación y teniendo especialmente en cuenta que el Ministerio Público de la Acusación está representando en cada unos de los integrantes corresponde apartar a los Fiscales Edery y Schiappa Pietra”.

Planteo de la defensa

“En virtud del art. 12 de la ley 13.013, venimos por el presente a solicitar por ante la Fiscalía Regional, el APARTAMIENTO FUNCIONAL de los Dres. Schiappa Pietra y Edery, Inicialmente debemos dejar asentado que el nombre de nuestro defendido, en el marco de la carpeta de mención y en el rol de sospechado como partícipe de un delito, surge a partir de intervenciones telefónicas realizadas sobre las líneas telefónica del Sr. Leonardo Peiti, quien, como es de público y notorio, fue investigado en el marco de la conocida causa de "juego clandestino".

“...En fecha 10.07.2020, nuestro defendido habría realizado una llamada telefónica al Sr. Peiti, siendo atendido por la Sra. Brenda Lomelo, secretaria de aquél, hablando "de parte del senador Traferri…"

“...Es a partir de allí, entonces, en que el Sr. Scataglini comienza a ser investigado y sobre él se construye un claro estado de sospecha sobre su vinculación con aquél legislador y, en esencia, con los hechos que lo tienen como investigado al propio Traferri, junto con Peiti y otras personas…”

Darío Scataglini.

“...Luego, en fecha 27.11.2020, se le tomó declaración al ex Fiscal, Dr. Ponce Asahad, manifestando éste algunas cuestiones que incrementarán aún más las sospechas de los Sres. Fiscales en contra de Scataglini...”

“...Tal es así, que en fecha 02.12.2020, solicitaron ante el Juez de la IPP una expresa autorización para la realización de tareas de seguimiento a nuestro defendido en la ciudad de Santa Fe, consistentes textualmente las mismas en: "...registrar los lugares que visita, vehículos en los que transita, y que particularmente se registre si tiene algún contacto con personas vinculadas a la asociación ilícita que integra Leonardo Peitti... [...] Además, solicitamos que en caso de que sea útil para la investigación se coloque un dispositivo de seguimiento satelital en el vehículo personal que utilice..., entre otros pedidos que necesariamente pueden ser direccionados -insistimos-sobre quien cuanto menos es sospechado de los hechos que motivan el legajo...”

“...Más tarde y estando la investigación inmersa en el estado descripto, en fecha 04.12.2020, los fiscales cursaron citación urgente al Sr. Scataglini para que el día miércoles 09.12.2020 (primer día hábil siguiente al feriado largo de aquel año) se presentará durante la mañana en la Unidad Fiscal, a prestar declaración testimonial…”

Irregularidades

“...Nuestro pupilo, sin dudarlo, concurrió en carácter de testigo en la fecha Indicada y, bajo juramento de decir verdad, declaró y dio detalles de hechos y de personas que para ese entonces los acusadores no conocían, y manifestó además tener en su poder documentación dada por Peiti que, por interés fiscal, él mismo se comprometió a aportar físicamente para la nueva testimonial que fijaron, a realizarse en fecha 14.12.2020...”

“...Aun con el compromiso de aportar dicha documentación, a solicitud y cargo de los Dres. Schiappa Pietra y Edery, se practicó el allanamiento en su domicilio en fecha 12.12.2020, y en el marco de esta medida secuestraron no sólo aquella documental que nuestro asistido se comprometió a dar la cual fue entregada de manera inmediata y voluntaria, sino también celulares del "testigo" y de su pareja, además de otros dispositivos informáticos...”

“...Luego de esta medida, los fiscales no cancelaron la testimonial acordada, por lo que, en cumplimiento de la citación previamente consensuada, el Sr. Scataglini concurrió a la segunda "testimonial" aun después de ser allanado-, oportunidad en la cual, ambos fiscales intensificaron el interrogatorio, y obtuvieron más información bajo juramento de decir verdad, es decir, ejerciendo una clara coerción jurídica sobre quién sin dudas ya estaba siendo sindicado como responsable penal de los hechos que investigaban. Asimismo, previo a cerrar el acto, los acusadores le solicitaron al Sr. Scataglini si podrían realizar una última y ya tercera "testimonial", pero en fecha 22.12.2020, a lo cual éste accedió. Ese día también concurrió, declaró nuevamente como "testigo", y se fue, sin más...”

“...Diez meses después de todo lo relatado, aproximadamente en fecha 02.09.2021, el legajo nos muestra que se practicó un nuevo allanamiento en el domicilio de Scataglini. En este caso, se secuestraron celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, y se procedió a la detención del mismo, con traslado a Rosario, para la realización de la audiencia imputativa, con pedido de prisión preventiva en su contra…”

“...En dicha audiencia, los Dres. Schiappa Pietra y Edery utilizaron como evidencia de cargo fundamental las tres "testimoniales practicadas por el propio imputado bajo juramento de decir verdad, como igualmente la documentación que él mismo manifestó tener y que fuera entregada voluntariamente por éste en uno de dichos actos, con independencia de que la plataforma fáctica imputada, contenía numerosos datos de hechos y de personas que el mismo Scataglini habla brindado en el marco de las por demás de irregulares testimoniales que se le tomaron como si fuera un tercero, cuando claramente para los acusadores lejos estaba de revestir dicho rol. Finalmente, los Fiscales solicitaron la prisión preventiva por el plazo de ley para nuestro defendido, nuevamente enumerando la misma evidencia...”

“...El pedido de prisión preventiva fracasó y fue reemplazado por una cautelar sustitutiva. Sin embargo, tiempo después de producidas todas estas irregularidades, al concurrir a la Unidad Fiscal y solicitar el legajo penal, a los fines de extraer copias del mismo y realizar un estudio profundo de la causa, informamos que el ataque al debido proceso del cual fue -y es- objeto esta parte se vio acrecentando dado que a uno de los suscriptos, el Dr. Juan Lafontana, los Dres. Edery y Schiappa Pietra sólo le brindaron acceso a aquellas constancias que según su exclusivo criterio, eran relativas a la investigación que tenía como protagonista a Darío Scataglini, pese a que en la imputación que en su momento se efectuó en contra de este último, se mencionan innumerables cuestiones relativas a otros sujetos ya imputados (como por ejemplo, en relación a las causas vinculadas a ésta, que tenían como imputados a Serjal, a Ponce Asahad y a Peiti, entre otros)…”

Fuente: Sin Mordaza

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