Policiales — 24.02.2026 —
Condenan a Nicolás Mattioli a tres años de prisión en suspenso y siete de inhabilitación para conducir
En un juicio abreviado, el músico aceptó su responsabilidad en el homicidio culposo agravado de Claudia Decurgez, ocurrido en 2024. Además deberá cumplir reglas de conducta mientras dura la pena.
Por Santotomealdía
La justicia provincial condenó a Nicolás Mattioli a tres años de prisión de cumplimiento condicional y siete de inhabilitación para conducir, por encontrarlo culpable del homicidio culposo agravado de Claudia Decurgez. La sentencia fue dictada este martes tras un juicio abreviado en el que el músico aceptó su responsabilidad en el siniestro vial ocurrido en septiembre de 2024, que terminó con la vida de la mujer mencionada en inmediaciones de Richieri y Libertad.
Mattioli, de 32 años, también deberá cumplir normas de conducta mientras dura la pena. Entre ellas, se destaca una prohibición de acercamiento a 100 metros de los hijos de la mujer y del padre de ellos.
Durante la audiencia celebrada en los Tribunales santafesinos, encabezada por la jueza Susana Luna, el condenado reconoció expresamente su culpabilidad en el hecho que le atribuyó la fiscal Rosana Marcolín, quien dirigió la investigación.
La funcionaria del MPA logró establecer que “Mattioli condujo de forma imprudente una camioneta Ford Ranger con la que embistió desde atrás a la víctima, quien se trasladaba en bicicleta”. El hecho, vale recordar, tuvo lugar el 21 de septiembre de 2024 en horas de la mañana.
“Tanto el condenado como Decurgez circulaban por la margen derecha de la avenida Richieri en dirección oeste–este”, agregó Marcolín y remarcó que “una de las testigos confirmó que la víctima lo hacía de forma correcta, en línea recta y cerca de la cuneta”.
La fiscal también precisó que “las pericias concluyeron que Mattioli circulaba aproximadamente a 53,31 kilómetros por hora en una avenida en la que la velocidad máxima permitida es de 60 kilómetros por hora”. En tal sentido agregó que “los análisis toxicológicos también arrojaron que Mattioli no tenía alcohol ni estupefacientes en sangre”.
“Sin embargo, el condenado condujo de forma negligente y sin tomar las debidas precauciones, razón por la cual no advirtió la presencia de la ciclista”, planteó y añadió que “el informe accidentológico concluyó que no hubo maniobra de evasión ni intento de frenada por parte de Mattioli, y además no existía obstáculo para que no pueda divisar a la víctima antes de impactarla”.
“Al ser embestida, Decurgez salió despedida de la bicicleta hacia la derecha de la calzada y sufrió un traumatismo grave de cráneo que le ocasionó la muerte momentos después”, subrayó la fiscal.
Mattioli y sus abogados defensores manifestaron su conformidad con la descripción del ilícito imputado, con la calificación legal, con la pena solicitada y con el procedimiento abreviado elegido.
Por su parte, el hijo mayor de edad de Decurgez se constituyó como querellante junto con sus dos hermanos menores de edad, quienes fueron representados por su padre. Ellos también manifestaron su conformidad con lo resuelto.
La fiscal Marcolín también remarcó en la audiencia que “siempre estuvimos en contacto con la familia de origen de Decurgez, a quienes les fuimos informando los avances de la investigación” y concluyó que “ellos también manifestaron su conformidad con lo resuelto”.







