Nacionales — 13.01.2026 —
Empresas de colectivo de larga distancia podrán elegir cómo identificar las valijas
A través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional dispuso liberar el sistema de control de equipajes y encomiendas en el transporte de pasajeros.
Por: santotoméaldía /
El Gobierno nacional oficializó la creación del Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas para los servicios de micros de larga distancia, otorgando a las empresas la facultad de definir cómo vincular cada valija o paquete con su pasajero. La medida quedó establecida a través de la Resolución 4/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Con esta norma, se deja sin efecto la exigencia de utilizar etiquetas y fajas físicas con diseños fijados por el Estado. En su lugar, las compañías podrán optar libremente por distintos mecanismos documentales o tecnológicos, como códigos impresos en el pasaje, códigos QR, registros digitales integrados al sistema de venta de tickets, etiquetas propias u otros dispositivos que aseguren la trazabilidad del equipaje.
Desde la Secretaría de Transporte señalaron que los sistemas elegidos deberán garantizar condiciones de seguridad, inviolabilidad y una identificación inequívoca entre el pasajero y su bulto. Además, deberán ser compatibles con los métodos utilizados en países de la región, especialmente para servicios internacionales.
El régimen también establece obligaciones para las transportistas en materia de conservación y rendición de datos, con el objetivo de facilitar eventuales reclamos y la entrega de comprobantes de despacho. En casos de pérdida o daño del equipaje, continúan vigentes las indemnizaciones previstas en la Resolución 47/1995. En contrapartida, no se permitirá el despacho de bultos que no cuenten con un sistema de identificación, y en esos casos el pasajero perderá el derecho a compensaciones.
Si bien se flexibiliza la forma de identificación, el Estado mantendrá su rol de control. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) seguirá siendo la autoridad encargada de fiscalizar, enfocándose en la eficacia de la trazabilidad y la seguridad del sistema utilizado, y no en el cumplimiento de diseños oficiales preestablecidos.
La normativa alcanza a los servicios interjurisdiccionales, de tráfico libre, ejecutivos y de turismo, tanto nacionales como internacionales. Entrará en vigencia dentro de 60 días y las empresas deberán informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos adoptados con al menos 30 días de anticipación. El cambio se enmarca en el Decreto 70/2023 y se complementa con la reciente creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que unificó los registros del sector.







