Política — 30.11.2023 —
El Concejo aprobó beneficios tributarios para jubilados, pensionados y personas con discapacidad
Por unanimidad, el cuerpo legislativo acompañó una iniciativa del concejal Guillermo Rey Leyes, mediante la cual se amplía el beneficio de exención del pago de la TGI para los grupos mencionados. “El beneficio pasa a ser permanente, en tanto y en cuanto no desaparezcan o se modifiquen las circunstancias que le dieron origen”, destacó el legislador.
El Concejo Municipal aprobó esta semana la modificación de la Ordenanza Nº 2789/2010, con el objeto de ampliar los beneficios de los tributos municipales para titulares de inmuebles, entre los cuales se encuentran como beneficiarios jubilados y pensionados, personas con discapacidad, ex combatientes de Malvinas y desocupados, los cuales deberán reunir ciertos requisitos para tramitar el beneficio.
La iniciativa fue presentada por el concejal del PDP, Guillermo Rey Leyes, quien explicó que “uno de los principales cambios, y donde se plasma el verdadero reconocimiento a la situación socio-económica del titular, es en la duración del beneficio, ya que anteriormente sólo se otorgaba por 2 años, con la posibilidad de renovación por única vez y durante un año más”. “A partir de nuestra reforma introducida, el beneficio pasa a ser permanente”, destacó Rey Leyes. Seguidamente, el legislador señaló que esa modificación se mantendrá “en tanto y en cuanto no desaparezcan o se modifiquen las circunstancias que le dieron origen, para lo cual se deberá realizar una revisión de las mismas, con actualización de los requisitos cada 2 año y a cargo del beneficiario, salvo algunas excepciones que contempla la normativa específicamente para otros tipos de legitimados”.
Guillermo Rey Leyes, concejal del PDP.
Más adelante, Guillermo Rey Leyes detalló que “otro de los objetivos de la modificación a la Ordenanza tiene que ver con adaptar la normativa de acuerdo a la inclusión de beneficiarios y al léxico apropiado para algunas situaciones. En ese sentido, hemos incluido a las familias que han logrado hacer efectiva la posesión mediante la Ley Nacional Nº 24.374 de Regularización Dominial (Ley Pierri). Por otro lado, hemos aumentado el límite cuantitativo del ingreso familiar en el caso de los titulares de inmuebles que sean Jubilados y/o Pensionados, para poder incluir a mas contribuyentes, elevando el mismo a la suma de dos (2) veces el haber mínimo vigente”.
“Algo que también se incorpora en la Ordenanza es la creación de un Registro, a los fines de poder llevar una contabilización de los inmuebles y titulares beneficiados, con plazos y condiciones de la misma, vencimientos y demás datos que permitan el estricto control de las exenciones por parte de la Administración Municipal y, llegado el caso, notificar las irregularidades u omisiones de los beneficiarios”, añadió el autor de la iniciativa.
Finalmente, Rey Leyes expresó: “Estamos muy contentos de poder darle una herramienta más a estos grupos de personas, donde sea un acompañamiento y un reconocimiento pleno y permanente de su condición, y no de manera temporal y parcial. Es algo que numerosos contribuyentes nos han planteado como dificultad a resolver y actualizar. En ese sentido, entendemos que la capacidad contributiva y las posibilidades de crecimiento económico de los jubilados y pensionados son bajas o escasas. Y por el otro, en el caso de los beneficiarios por Discapacidad Permanente, difícilmente puedan retrotraer su estado de incapacidad: justamente la norma exige una discapacidad permanente”.