Viernes 19 de abril de 2024

Interés General — 18.03.2023 —

Bancarios llegaron a un acuerdo y lograron una compensación inédita por Ganancias

El gremio firmó un 32,5% para el período enero-mayo y un pago extraordinario de hasta $450.000 para compensar el Impuesto a las Ganancias. 


La Asociación Bancaria y las cámaras empresariales que agrupan a las entidades financieras acordaron un aumento salarial de 32,5% por cinco meses con la novedad de convertirse en el primer acuerdo paritario que incluye el pago de una compensación especial por los descuentos derivados del impuesto a las Ganancias que llegará hasta $ 450.000.

El acuerdo, cerrado tras meses de negociaciones en la audiencia de este viernes que se extendió por más de 6 horas, fijó que el incremento salarial establecido para el período enero-mayo, se aplicará en forma acumulativa en cuatro tramos: 6% retroactivo a enero, que llegará al 13,1% en febrero, luego trepará al 24,1% en marzo para culminar en el 32,5% en mayo, mismo mes en que está prevista la revisión del aumento.

Además, y tras insistente pedido del gremio conducido por Sergio Palazzo, el acuerdo incorporó por primera vez una compensación por los descuentos de Ganancias que variará según las categorías de la actividad.

Para la categoría más baja del convenio será de $ 50.000 y para la categoría más alta alcanzará a $ 450.000. Ese adicional, que quedará exento de tributar por el impuesto, se abonará como una suma no remunerativa en dos cuotas, los meses de mayo y septiembre.

El detalle del acuerdo fue el siguiente:

Para la paritaria correspondiente al 2022, un incremento salarial del 0,7%, para alcanzar la pauta salarial total de 94,8%, cumplimentando así la revisión del acuerdo de fecha 04/05/2022

Para la correspondiente al primer semestre del año, otorgar un incremento salarial del 32,5% en 4 tramos: 6 % para enero 2023, 7.1% para febrero 2023, 11 % para marzo 2023 y 8.4 % mayo 2023.

Asimismo, se convino el pago de reconocimiento de gastos correspondientes al período 2020/2022 una gratificación extraordinaria de pago único e irrepetible, de carácter no remunerativo (art 6 de la Ley No. 24.241), como reconocimiento especial por los esfuerzos realizados y los gastos extraordinarios incurridos durante el período 2020-2022 producto de la pandemia originada por el COVID-19

 

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