Viernes 03 de mayo de 2024

Provinciales — 03.06.2020 —

Nuevas excepciones: reuniones familiares y actividades deportivas sin contacto físico, entre otras

La medida publicada hoy en el Boletín oficial también incluye a empleadas domésticas, locales gastronómicas mediante el sistema “para llevar” y comercio minorista en paseos comerciales o shoppings sin ingreso de clientes a los negocios.


Por Santotomealdia

A través de la Decisión Administrativa 966/2020, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación autorizó nuevas actividades en la provincia de Santa Fe, entre las que se destacan las reuniones familiares de hasta 10 personas los días sábado, domingos y feriados. Además, la medida habilita las actividades deportivas sin contacto físico, que permitirá la reapertura de los gimnasios.

“Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad o servicio exceptuados por la presente”, expresa la disposición. Y agrega que también podrán circular las personas que hayan sacado turno para las nuevas actividades permitidas.

Las nuevas actividades habilitadas también incluyen al personal doméstico, los locales gastronómicas mediante el sistema “para llevar”, el comercio minorista en paseos comerciales o shoppings sin ingreso de clientes a los negocios y las mesas de exámenes de Universidades e Institutos terciarios. Del mismo modo, se permite la reapertura de sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, partidos políticos y administración de Universidades.

Es importante aclarar que, para que todas estas actividades entren en vigencia, tanto el gobierno provincial como los municipios y comunicas deberán dictar los decretos reglamentarios y protocolos correspondientes. De esa manera, de conocerá cómo será el funcionamiento de los rubros en las distintas localidades.

A continuación, el detalle ampliado de cada una de las nuevas excepciones, según la publicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación:

  • Habilitación de las instalaciones a los fines de la práctica de actividades deportivas que no impliquen contacto físico entre los participantes, previa aprobación de los protocolos particulares de cada disciplina por parte de las autoridades locales, los que deberán contar con el asentimiento del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe.
  • Reuniones familiares, de hasta diez (10) personas, los días sábados, domingos y feriados, en domicilios particulares, siempre que se posibilite la adecuada ventilación, cumplimentando la medidas de prevención dispuestas por las autoridades sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones.
  • Mesas examinadoras de las unidades académicas de las Universidades nacionales y privadas y de los Institutos terciarios con sedes en la provincia de Santa Fe.
  • Sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, partidos políticos, administración de Universidades Nacionales y Privadas con sedes en la provincia y administración de entidades deportivas: a puertas cerradas, con la dotación mínima de personal necesario que pudiera concurrir sin utilizar el transporte público de pasajeros, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo, en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota; días hábiles de lunes a viernes, no pudiendo excederse en el horario de cierre de las oficinas de las diecinueve (19) horas.
  • Actividad de locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados), con la modalidad “para llevar” (también llamada “take away”), con la dotación mínima de personal necesario, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias ordenadas por las autoridades, dentro de los establecimientos y al momento de la entrega de los productos.
  • Actividad del comercio minorista ubicado en locales dentro de paseos comerciales o shoppings, exclusivamente con la modalidad particular de pago y entrega previamente convenidos (también llamada “pick up”), a realizar en un espacio exterior lindante (playas de estacionamiento o similares), debidamente acondicionado, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias ordenadas por las autoridades, dentro de los establecimientos y al momento de la entrega de los productos.
  • Actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares, comprendidos en el régimen de la Ley N° 26844: cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal, siempre que se resolviera el traslado sin el uso del transporte público de pasajeros, sujeta a la condición de que ni en el domicilio de residencia del trabajador o la trabajadora, ni en el de prestación de servicios, se halle una persona sometida particularmente a aislamiento por presentar síntomas de coronavirus o encontrarse en estudio y no definido como positivo de la enfermedad, por estar pendiente el resultado de los testeos; o por regresar de zonas definidas como “de riesgo” por la autoridad sanitaria nacional o provincial.

Mirá la Decisión Administrativa 966/2020:

Mirá el anexo que establece las nuevas excepciones: 

comment DEJE SU COMENTARIO
info
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios *

arrow_upward